PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de OFRECIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentada por el ciudadano JONATHAN HIMAR BORRERO PASTRAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-21.453.336 y con domicilio en el Municipio Independencia del Estado Táchira, contra la adolescente EVELYN MAIBETH VELASCO PASTRAN, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-25.713.073 y domiciliada en el Municipio Independencia del Estado Táchira; a favor de su hija EHILYN JOHELY.
SEGUNDO: SE FIJA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs.400,00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado, en la cuenta de ahorros que este Tribunal ordenará abrir para tal fin, a partir del mes de Diciembre de 2013.
TERCERO: En cuanto a los gastos de la temporada decembrina, se fija una cuota extraordinaria, en la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs.500,00), adicional a la cuota ordinaria mensual.
CUARTO: En cuanto a los gastos de asistenci.....