Este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve de la siguiente manera: Primero: Por verificarse, en su totalidad, los requisitos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, se califica como Flagrante en la aprehensión del ciudadano: DIXON DARWIN MONSALVE ESCALONA, , venezolano, natural de Rubio, titular de la cédula de identidad Nº V-14.985.896, nacido en fecha 18-06-1.979, de 25 años de edad, profesión u oficio chofer, soltero, hijo de Noris de Monsalve y Freddy Monsalve Vivas, con domiciliado en Rubio, sector el Rodeo, calle principal, al lado de la reencauchadora, casa sin número, Estado Táchira, por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR PROVENIENTE DEL DELITO DE HURTO O ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos......