PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de RAMIREZ MONCADA EDGAR ALBERTO, MEJIAS BLANCO FRNAKLIN NOEL, RAMIREZ RUBIO EDGAR ALBERTO Y DANIEL CARDENAS SANCHEZ,, por el delito de CONTRABANDO Y USO DE DOCUMENTO PUBLICO ALTERADO, previsto y sancionado en los artículos 104 de la ley orgánica de aduana vigente al momento en que ocurrieron los hechos y el articulo 323 en relación con el 320 del código penal vigente al momento en que ocurrieron los hechos; de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 3° del código orgánico procesal penal.
SEGUNDO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de PERSONAS DESCONOCIDAS por el delito de HURTO CALIFICADO previsto y sancionado en el articulo 455 del código penal vigente al momento en que ocurrieron los hechos de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 3° del código orgánico procesal penal.