DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: PRIMERO: Declara SIN LUGAR, la solicitud de revisión de medida presentada por los abogados MILAGROS DEL VALLE GARCÍA MARTÍNEZ Y OMAR ERNESTO SILVA MARTÍNEZ, en su carácter de defensores privados del ciudadano NELSON JOSÉ GREGORIO PEÑA RIVAS, plenamente identificado en autos, por no haber variado las circunstancias que motivaron el decreto de privación judicial preventiva de libertad. Líbrese la boleta de traslado, notifíquese,. Regístrese y Publíquese. Cúmplase.-
LA JUEZA
ABG. LAVINIA BENITEZ PERNIA
EL SECRETARIO
ABG. LUIS ENRIQUE MORALES
SP21-S-2010-003135