ABSUELVE a los acusados JUAN CARLOS URDANETA CHACON, de nacionalidad venezolana, natural de Casigua, Estado Zulia, nacido en fecha 22-10-1982, de 30 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 22.569.658, profesión u oficio distinguido del ejercito, no sabe el nombre de sus padres, con residencia en Barrio la línea, salda de Santa bárbara, casa sin número, Estado Zulia, no posee teléfono, por la comisión de los delitos de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en concordancia con artículo 163 numeral 11° ejusdem, en perjuicio del Estado Venezolano, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, y al ciudadano VICTOR ALFONSO LUJAN CUADRADO, nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, nacido e.....