Por último y para cerrar el presente auto decisorio, éste Tribunal no puede dejar pasar por alto que, hasta la fecha, el Fiscal Especializado del Ministerio Público, fue debidamente emplazado para el juicio; que los ciudadanos IDA ROSA ALVIÁREZ COLMENARES, TIMOTEO ALVIÁREZ COLMENARES y JESÚS AUXILIO ALVIÁREZ COLMENARES, se encuentran citados personalmente conforme la Ley adjetiva civil y que la ciudadana VIRGILIA ALVIÁREZ COLMENARES, su citación se realizó conforme lo establecido en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, es decir, mediante la citación cartelaria, razón por la cual, el Tribunal conmina a la parte actora, para que realice el impulso procesal correspondiente, equivalente a la continuación de la causa al Estado de Solicitar la correspondiente designación de Defensor Ad Litem de la referida co demandada y los demás impulsos de notificación, aceptación y juramentación posteriores. Así se establece.
Por cuanto no todos los miembros de la relación jurídico pr.....