DISPOSITIVA
En consecuencia, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía Vigésimo Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, contra la joven adulta G.S.B.S. (IDENTIDAD OMITIDA ART 545 LOPNNA), por los delitos de INSTIGACIÓN A LA DESOBEDIENCIA DE LAS LEYES, previsto en el artículo 285 del Código Penal, en perjuicio del estado Venezolano; de conformidad con lo establecido en el artículo 578 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
SEGUNDO: DECLARA RESPONSABLE PENALMENTE A LA JOVEN ADULTA G.S.B.S. (IDENTIDAD OMITIDA ART 545 LOPNNA), por el delito de INSTIGACIÓN A LA DESOBEDIENCIA DE LAS.....