DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: Declara Admisible el recurso de apelación interpuesto por la Abogada Yolimar Carolina Vera Ramírez, quien actúa con el carácter de Defensora Pública del ciudadano Julio Cesar Mora Contreras, en contra de la decisión publicada en fecha veintitrés (23) de agosto del año 2024, por el Tribunal de Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Táchira.
SEGUNDO: Fija para el quinto (05) día de despacho siguiente al de hoy la publicación de la decisión correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 442 ibídem .