El Tribunal SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, BANCARIO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARO:
PRIMERO: CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el abogado GERSON DANIEL MORENO RANGEL, apoderado de la parte actora, en fecha 06 de diciembre de 2005, contra el auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Lo Civil, Mercantil u del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 30 de noviembre de 2005.
SEGUNDO: REVOCA EL AUTO APELADO dictado por el a quo en fecha 30 de noviembre de 2005, donde niega la media de prohibición de enajenar y gravar solicitada por la parte actora.
TERCERO: ORDENA AL A QUO decrete la medida de prohibición de enajenar y gravar solicitada por la demandante, ciudadana INGRID THAMARA MORA PEÑA, a través de su representante legal, sobre un inmueble consistente en una casa de habitación y.....