En virtud de lo anterior, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y
Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la
Circunscripción Judicial del estado Táchira declara INADMISIBLE la presente
solicitud de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS presentado por la ciudadana:
SANDRA LILIANA RIVERA LIZCANO, extranjera, mayor de edad, portadora
de la cédula de identidad N° E.-84.291.320, en su carácter de Directora
Principal y Representante Legal de la Sociedad Mercantil CORPORACION
LATINO C.A, asistida en este acto por el abogado en ejercicio FRANK DARÍO
QUIROZ ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de
identidad N° V.-9.240.002, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 69.685. Y así
se decide.-