De acuerdo a las consideraciones expuestas, este JUZGADODE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR EL DIVORCIO por DESAFECTO, con base a la Sentencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09 de Diciembre de 2016, signada con el N° 1070, con carácter vinculante, en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos:FLOR EVELIA DUQUE SALCEDO, venezolana, mayor de edad, con cedula de identidad N° V- 10.145.743,y el ciudadano SAUL ALFONSO LOZADA DUQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.430.488, contraído por ante el Registro Civildel Municipio Cárdenas del Estado Táchira, en fecha 05 de Agosto de 1993, tal y como consta en el Acta de Matrimonio N° 169 de la misma fech.....