En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desistimiento de la demanda manifestado por el ciudadano YURI ALEXANDER PERNIA RICO, en fecha veintiséis (26) de abril del presente año, parte demandante, dándose por consumado el acto, ordena que se proceda como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; asimismo se acuerda el desglose solicitado, dejando en su lugar las respectivas copias fotostáticas certificadas y entregándosele originales a la parte interesada, una vez consigne dichas copias; hecho lo cual se ordena el archivo del expediente. Así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada por la Sec.....