Se le imparte HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Ofíciese al Banco de fomento Regional los Andes a fin de aperturar cuenta de ahorros a nombre de los beneficiarios. Notifíquese al Fiscal Quince Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrese la correspondiente autorización una vez conste en autos el número de la cuenta de ahorros.