´El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en Sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto mediante diligencia suscrita presentado el 26/05/2025, por la presunta agraviada abogada Claudia Alexandra Catalina García Chacón, actuando en su propio nombre y como apoderada judicial del ciudadano Hortun García Chacón, en contra de la decisión dictada el veinticuatro (24) de marzo del 2025, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión proferida el veinticuatro (24) de marzo del 2025, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que declaró "INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL" .....