En el caso de autos al estar fundada la demanda en una letra de cambio y tratándose la presente causa de un juicio tramitado por el Procedimiento de Intimación, esta sentenciadora de conformidad con el Artículo 646 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA: MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre un inmueble ubicado en la vía Principal de Pueblo Nuevo Polígono N° U-10, Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, formado por una casa y dos lotes de terreno, que hoy forman una sola unidad, alinderados individualmente así: Lote1: Norte: Con la carretera que conduce al Polígono de Tiro, mide doce metros con sesenta centímetros (12.60 Mts); Sur: Con la quebrada de la parada, mide nueve metros con treinta centímetros (9,30 Mts);Este: con propiedad de María Eloisa de Chacón, mide ciento setenta y cinco metros (175Mts);y OESTE: Con terreno que a continuación se describe, mide ciento setenta y cinco metros(175 Mts). Lote 2: Norte: Con propiedad que.....