PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud por REVISIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN (AUMENTO), presentada por la ciudadana LUZ MARINA NARVAEZ MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.342982, y con domicilio en el Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira, contra el ciudadano ROBERTH GEOVANNY PEREZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.193.147 y domiciliado en el Municipio Capacho Nuevo del estado Táchira.
SEGUNDO: CON LUGAR EL OFRECIMIENTO realizado por el ciudadano ROBERTH GEOVANNY PEREZ GONZALEZ, ya identificado, en la oportunidad en que contestó la solicitud. (Folios 110 y 111).
TERCERO: SE AUMENTA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCION en la cantidad de DIEZ MIL BOLÍVARES (Bs. 10.000,00) MENSUALES, que corresponden a Bs. 8.000,00 de la obligación de manutención y Bs. 2.000,00 de transporte escolar, los cuales deberá depositar el obligado alimentario a partir del mes de noviembre de 2016, en la cuenta de a.....