Este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR EL DIVORCIO, con base al artículo 185 del Código de Procedimiento Civil, la sentencia 446/2014, y lo plasmado en el contenido de la sentencia N° 1070, del 9 de diciembre de 2016, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con carácter vinculante, en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos: FENY DEL VALLE PINEDA OVALLOS y WILLIAM JOSE VIVAS SOSA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad NºV-13.306.036 y V-12.231.448, respectivamente, y hábiles, en fecha 24 de Octubre de 2008, tal y como consta en el Acta N° 124.
Liquídese la sociedad conyugal si hubiere lugar a ello.
.....