Vista la transacción celebrada en fecha 17 de diciembre de 2009, entre el demandado, abogado en ejercicio JUAN CARLOS CARDOZO ARAQUE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 9.349.128 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 89.793; y la abogada MARJORIE MATTUTAT MUÑOZ, titular de la cédula de identidad N° V- 15.242.047, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 105.378, actuando con el carácter de co-apoderada judicial de la parte demandante, BANCO DE VENEZUELA, C.A. BANCO UNIVERSAL, Grupo Santander, Sociedad Mercantil domiciliada en Caracas, constituida originalmente por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil del Distrito Federal, en el Tercer Trimestre de 1980, bajo el N° 33, folio 36 vuelto del Libro Protocolo Duplicado, inscrita en el Registro de Comercio del Distrito Federal, el día 02 de septiembre de 1890, bajo el N° 56, constando su última reforma según asiento inscrito en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripci.....