PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Aumento de Obligación de Manutención formulado por MARIELA MARQUEZ ESPINOZA, titular de la cédula N° V-9349167 y de este domicilio, en su condición de Madre de Laury Valentina Medina Márquez, y al cargo del Obligado;
SEGUNDO: Se ordena al Obligado LEMBEL HARRIZON MEDINA ROSALES, titular de la cédula N° V-17678946 y mismo domicilio, en su condición de Padre de Laury Valentina Medina Márquez, pagar a partir de la presente fecha, la suma de SETECIENTOS SETENTA Bolívares (Bs. 770,oo) mensuales equivalente a 50,39 % del sueldo mínimo nacional y 10,22 unidades tributarias, que será doble en agosto y diciembre por concepto de Obligación de Manutención a su favor, mediante depósito bancario;
TERCERO: Se acuerda el ajuste de la mensualidad en base a las necesidades de la niña, la capacidad económica del obligado, habida cuenta de la tasa de inflación que establezca el.....