III
DISPOSITIVA
En fuerza de lo anterior, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la solicitud de REGULACIÓN DE LA COMPETENCIA propuesta por la abogada CARMEN YOLANDA SUAREZ DE DÍAZ, titular de la cédula de identidad N° V-10.152.053, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 307.795, actuando por sus propios derechos e intereses como parte demandada.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto interlocutorio de fecha 27 de febrero de 2025, dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, mediante el cual se declaró competente por cuantía, para conocer de la demanda de RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO intentada por la ciudadana CARMEN SOFIA GOMEZ MALATESTA contra los ciudadanos: YOLANDA .....