PARTE DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y derecho antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, actuando en sede civil, DECLARA:
PRIMERO: De conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el convenimiento realizado por los ciudadanos DARWIN JOSÉ DUARTE ORTEGA, CARMEN CELINA DUARTE DE CÁRDENAS y ENIZ EUGENIA MORA DE DUARTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V.-13.147.767, V.-5.027.614, V.-18.255.305, en su orden.
SEGUNDO: PROCEDENTE la demanda de RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO, interpuesta por el ciudadano JOSÉ GREGORIO RAMÍREZ GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 13.306.733, en contra de los ciudadanos DARWIN JOSÉ DUARTE ORTEGA, CARMEN CEL.....