Decisión que declara SIN LUGAR LA RECUSACIÓN propuesta por la abogada MARÍA ESTRELLA SALGADO VÁSQUEZ, actuando como apoderada del ciudadano ORLANDO ENRIQUE MONASCAL GOLOVKO, mediante escrito de fecha 07 de octubre de 2005, contra la Juez del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, fundamentada en la causal 18 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en el expediente inventariado en ese Tribunal bajo el N° 5740.
De conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de haber sido declarada sin lugar la recusación, se le impone una multa de dos mil bolívares (Bs.2.000,oo) a la recusante que deberá ser cancelada en el Tribunal donde se intentó la recusación. El término de tres (3) días establecido en la ley para su cancelación comenzará a correr, una vez ese Tribunal expida la planilla especial para ser cancelada ante una Ofic.....