PRIMERO: ADMITE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR EL MINISTERIO PÚBLICO en contra del imputado JUAN CARLOS CASTAÑEDA MORENO, quien es de nacionalidad venezolana, nacido en fecha 31/05/1976, 37 años de edad, titular de la cédula de identidad V- 12.971.390, de estado civil soltero, residenciado PUENTE REAL, CALLE GUASDUALITO NUMERO DE CASA 12- 42, teléfono0424-7574718 , a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de DESVALIJAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 3 de la LEY SOBRE EL HURTO Y ROBO DE VEHICULOS AUTOMOTORES al cumplir con lo establecido en el artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal y de conformidad con el artículo 313 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: ADMITE TOTALMENTE LAS PRUEBAS PRESENTADAS POR EL MINISTERIO PÚBLICO, especificadas en el escrito acusatorio, por ser licitas, necesarias y pertinentes para el debate oral, de conformidad con lo previsto en el artículo 313 numeral 9 del Código Orgánico Procesal Pena.....