PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda que por DESALOJO, interpuso el ciudadano JORGE ENRIQUE MORENO COLMENARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-1.580.125, representado judicialmente por el abogado en ejercicio de su profesión, LUIS EDUARDO VENEGAS SABOGAL, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 10.967 en contra del ciudadano CARLOS JULIO PRIETO OSUNA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-7.604.622, todos domiciliados en San Antonio del Táchira.
SEGUNDO: Se ordena al ciudadano CARLOS JULIO PRIETO OSUNA, Entregar el inmueble ubicado en la carrera 15 No.2-66 de la ciudad de San Antonio del Táchira, consistente de cuatro (04) habitaciones, dos (02) baños, cocina, sala comedor, techo de platabanda, pisos de mosaico y paredes de ladrillo; completamente libre de personas y de bienes, al ciudadano JORGE ENRIQUE MORENO COLMENARES, ambos ya suficientemente identificados. TERCERO: Se Condena al ciudadan.....