Vistas y analizadas las anteriores diligencias este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y por autoridad de la Ley declara suficientes los recaudos consignados con la presente solicitud, para asegurarle a los ciudadanos ZULMAN DORIS NUÑEZ DE GIMENEZ y ALEJANDRO GIMENEZ NUÑEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°s V-10.151.914 y V-12.155.414, el CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus VICTOR RAMON GIMENEZ PINTO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.249.526, fallecida el día 13 de junio de 2015, según acta de defunción N° 86, de fecha 18 de junio de 2015, quien en vida fuera esposo y padre de los ciudadanos ZULMAN DORIS NUÑEZ DE GIMENEZ y ALEJANDRO GIMENEZ NUÑEZ, antes identificad.....