´PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD PRESENTADA POR LA FISCALÍA DÉCIMO NOVENA del MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, POR CONSIGUIENTE DECLARA PRESCRITA LA ACCIÓN PENAL EN LA PRESENTE CAUSA Y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL a favor de los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), por la presunta comisión del delito de Posesión Ilícita De Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas, previsto en el artículo 153 De La Ley Orgánica De Drogas, conforme a lo previsto en el articulo 562 DE LA Ley Orgánica Para La Protección De Niños Niñas Y Adolescente; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 615 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, 300 numeral 3º y 49 numeral 8º ambos del Código Orgánico Procesal Penal; por las razones expuestas en la parte motiva.....