PRIMERO: SIN LUGAR la oposición a la admisión de las pruebas promovidas por el abogado HUMBERTO LUIS CARRERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 250.299, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadana NELLIS JOSEFINA AVILA ABREU, en los particulares segundo y cuatro.
SEGUNDO: CON LUGAR la oposición a la admisión de la prueba de experticia grafotécnica promovida por el abogado HUMBERTO LUIS CARRERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 250.299, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadana NELLIS JOSEFINA AVILA ABREU.