el Tribunal declara legalmente SECUESTRADO CON APOSTAMIENTO POLICIAL el presente inmueble, quedando el Depositario Judicial en la obligación de ejercer la supervisión periódica del mismo. En este estado el Tribunal en virtud de que en el presente inmueble no se encuentra persona alguna a quien notificar ordena librar un Cartel de Notificación, fijar el original a la puerta del presente inmueble y agregar una copia al carbón a esta comisión