Por todas las motivaciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y Libertad de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, actuando en sede de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Parcialmente Con Lugar la pretensión de Aumento de la Obligación de Manutención, presentada por la ciudadana YANEIRY VIANNEY VERA DIAZ, a favor de su hija adolescente YANEIRY ESTEFANIA CHACON VERA en contra del ciudadano JOSE IGNACIO CHACON BORRERO, todos suficientemente identificados en las actas procesales.
SEGUNDO: Se ajusta la Obligación de Manutención que el ciudadano JOSE IGNACIO CHACON BORRERO, debe cubrir a favor de su hija YANEIRY ESTEFANIA CHACON VERA, en la cantidad de Ciento Veinte Mil C.O.P mensuales (120.000,oo C.O.P) cantidad que debe ser entregada a la ciudadana YANEIRY VI.....