este JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la regulación de competencia interpuesta en fecha 10 de julio del 2024, por el abogado MAC FLAVIER ARELLANO CHACÓN, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada y solicitante, contra la decisión dictada por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Panamericano, Samuel Darío Maldonado y Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en fecha 02 de julio del 2024, diarizada bajo el N° 15.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión dictada por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Panamericano, Samuel Dario Maldonado y Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en fecha 02 de julio del 2024, diarizada bajo el N° 15.
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