ÚNICO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA IMPUESTA al ciudadano CABALLERO SANCHEZ EDGAR AUGUSTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.162.852, de 34 años de edad, nacido el 30 de noviembre de 1970, obrero, residenciado en Palo Gordo Calle El Medio, Nº F-73, diagonal a Materiales de Construcción El Medio, Municipio Cárdenas, Estado Táchira, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código Penal, y en consecuencia SE DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL y SU LIBERTAD PLENA, en relación con la comisión de tal hecho punible, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal.
Publíquese, regístrese y líbrense las respectivas notificaciones a las partes. Remítase el expediente al Archivo Judicial una vez firme la presente decisión. Déjese copia. Cúmplase.
Abg. Vilma Chaparro de Nava
Juez de Ejecución Nº 02
Abg. Caroli.....