Por todos los razonamientos anteriormente expuestos de hecho y derecho, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO realizado por las partes demandadas ciudadanos: JULIO AMADO VARGAS, colombiano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº E- 81.408.821, y el ciudadano FRANKLIN MANUEL RAMIREZ CARVAJAL , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nº V- 13.302.317, asistidos por el ABG LUIS FERNANDO VARGAS HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 45.440. Procédase como pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil.-
Regístrese, publíquese y expídase copia certificada de la presente decisión a la parte interesada y déjese copia certific.....