declara con lugar el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, de la presente causa a favor de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA Art.65 LOPNA de los cuales se desconoce datos de identificación por el delito de LESIONES INTENCIONALES, previsto en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos MOISES ALBARRACIN y JOSE ARMANDO JIMENEZ, se desconocen datos de identificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 561 literal "e", de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes de la presente decisión, a los adolescentes como a las victimas conforme lo establece el artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal teniéndose como su domicilio la sede del Tribunal, y en su oportunidad legal remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía Décimo Septima del Ministerio Público.
REGÍSTRESE, DIARICESE, DÉJESE COPIA, PUBLÌQUESE
ABG HELEN NEFFERTY GARCIA RAMIREZ
JUEZ DE CONTROL NO. 3
ABG. MARIA ALEJANDRA NOGURERA GAMEZ
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