El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:
PRIMERO: CON LUGAR la regulación de competencia solicitada por la abogada Gloria A. Duarte de C., actuando con el carácter apoderada judicial del actor, ciudadano Nelson Arístides Quiroz Castellanos, en fecha 14 de diciembre de 2020.
SEGUNDO: SIN LUGAR la cuestión previa opuesta con fundamento en el ordinal 1° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, referente a la falta de competencia por la cuantía del mencionado órgano jurisdiccional.
TERCERO: COMPETENTE para seguir conociendo del presente asunto al TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
CUARTO: SE REVOCA la decisión dictada el treinta (30) de noviembre de 2020 por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Eje.....