Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, y cede el derecho de palabra a la parte actora, quien expuso: "Solicito a este Tribunal Ejecutor de Medidas se abstenga de la practica de la medida de Embargo Preventivo, en virtud de no existir bienes muebles propiedad de la demandada en este lugar para ser señalados para su embargo, reservándome el derecho de solicitar se fije nueva oportunidad, es todo". El Tribunal visto lo solicitado por la parte actora acuerda Abstenerse de la presente ejecución en el día de hoy. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 3:50 p.m. y regresa a su sede.