Este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira actuando en sede constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el Rhandar Gilberto Hernández Lorenzo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 29.827.278, en su condición de propietario de los inmuebles: Locales: MC 151; MC 152; MC 153; MC 154 y LC 04, los cuales están ubicados dentro del Centro Comercial Mercado Metropolitano, cuya sede está en la Urbanización Juan de Maldonado, Carrera 5 con Calles 8 y 9, La Concordia, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, asistido por el abogado en ejercicio Omar José Lizarazo, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 180.302, en contra de la Junta de Condominio del Centro Comercial Mercado Metropolitano de manera conjunta o individual a través del ciudadano Diego Antonio Gonz.....