Sentencia que declarÓ. 1° PARCIALMENTE CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el abogado LEONIDAS ESPINOZA LINARES, con el carácter de autos, contra la sentencia dictada en fecha 25 de octubre de 2004 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial. 2° PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por la abogada MARIA DEL CAMEN BUSTAMANTE PORRAS, antes identificada, actuando como endosataria en procuración, contra la ciudadana NUBIA RUEDA ROJAS, en su condición de aceptante, por el Procedimiento de Intimación. En consecuencia, se CONDENA a la intimada a pagarle a la intimante la cantidad de DIECISEIS MILLONES TRESCIENTOS OCHO MIL CUATROCIENTOS TRES BOLÍVARES CON 15/100 (16.308.403,15) por concepto de deuda pendiente de las obligaciones contraídas de los instrumentos cambiarios insertos a los folios 1 al 24 del expediente, para ser pagados sin aviso y sin protesto por la ciudadana Nubia Rueda Rojas. Tal suma inclu.....