PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de REVISION DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCION presentada por la ciudadana DEXY ZULAY CASTRO CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.984.881 y domiciliada en el Municipio Independencia del Estado Táchira, contra el ciudadano CARLOS RAMON GARNICA ALBARRACIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.813.321 y con domicilio en el Municipio Independencia, Estado Táchira.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR el ofrecimiento realizado por el ciudadano CARLOS RAMON GARNICA ALBARRACIN, en fecha 29 de junio de 2016, solo por lo que respecta a la cancelación de los gastos extraordinarios de época escolar y navidad.
TERCERO: SE FIJA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCION en la cantidad de OCHO MIL BOLÍVARES (Bs. 8.000,00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado alimentario en la cuenta de ahorros aperturada, a partir del mes de agosto de 2016.
CUARTO: En cuanto a los gast.....