TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIMERO: Admite totalmente la acusación fiscal presentada en contra del ciudadano: LUIS ALBERTO GONZÁLEZ MONTOYA, venezolano, natural de Carora, titular de la cédula de identidad No. V-5.934.957, nacido en fecha 12-05-1957 de 48 años, domiciliado en La Fría, carrera 7, casa Nº 1-26, Diagonal a la Fiscalia Novena, comerciante, hijo de Candelario González (f) y Ana Montoya (v), analfabeto; por la presunta comisión de los delitos de Porte Ilícito de Arma Blanca, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano. SEGUNDO: admite las pruebas presentadas por el Fiscal del Ministerio Público del Estado Táchira en su escrito de acusación por ser necesarias, legales y pertinentes, todo de conformidad con lo señalado en el art.....