Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Con Lugar la Solicitud de Cumplimiento y Aumento de Obligación de Manutención formulada por la ciudadana FRANCELINA GONZALEZ ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-9.141.333, domiciliada en Táriba, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil, en su carácter de madre de los adolescentes (omitido por art.65 LOPNA), contra el ciudadano JONNY MARTIN FERNANDEZ COLMENARES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-9.243.929, domiciliado en San Cristóbal, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se fija como Obligación de Manutención para los adolescentes (omitido por art.65 LOPNA), la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs.600,00) mensuales, distribuidos de la siguien.....