DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN presentada por el ciudadano LUIS ROBERTO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.621.941 y con domicilio en el Municipio Libertad del Estado Táchira.
SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud por REVISIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN (AUMENTO), presentada por la joven GENNESSIS ROXANA MARTÍNEZ NIETO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.977.783, y domiciliada en el Municipio Libertad del Estado Táchira; contra el ciudadano LUIS ROBERTO MARTINEZ, ya identificado.
TERCERO: SE AUMENTA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN a la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 500,00), los cuales deberá depositar el obligado alimentario, a partir del mes de Mayo de 2013, en la cuenta de ahorros aperturada para tal fin.
CUARTO: En cuanto a los gastos de la temporada escolar y decembrina, se fija una cuota extraordinaria, en la cantidad de QUINIENTOS B.....