PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana Tirza Victoria Ramírez Bonilla en contra de la ciudadana Amanda Ramírez, por prescripción adquisitiva, sobre el inmueble consistente en un lote de terreno y la casa para habitación edificada sobre el mismo, con todas sus dependencias y anexidades, situado en la carrera 4, entre calles 2 y 3, Táriba, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, alinderado de la siguiente forma: NORTE: Con carrera 4, SUR: Con propiedad que es ó fue de Isidro Rodríguez; ESTE: Con pertenencias que son o fueron de Flor Maldonado y OESTE: Con propiedades que son o fueron de Gerardo Chacón y Flor de Maldonado, adquirido por la ciudadana Amanda Ramírez, según documento protocolizado ante la Oficina de Registro Público de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello del Estado Táchira, en fecha 3 de noviembre de 1994, bajo el N° 13, Tomo 12, Protocolo Primero, Cuarto Trimestre, folios 29-31. En consecuencia, queda declarado el derecho de propiedad por pre.....