Sobre la base de lo antes expuesto, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO de fecha 13 de agosto del 2025, celebrado por los ciudadanos ULISES ENRIQUE MACHADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.760.571, parte actora de la presente causa, asistido por el abogado FRANCISCO JAVIER SALCEDO ARAQUE, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 195.665 y por otra parte la ciudadana PAULA BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.646.816, parte demandada de la presente causa, asistida por el abogado ULISES MACHADO BRICEÑO, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 95.562 y se ordena el archivo del expediente una vez que conste en autos el cumplimiento del acuerdo pactado.
Regístrese y déjese copia de la presente decisión pa.....