DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL N° 08 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: Califica la flagrancia en la aprehensión del imputado JOSE ESTEBAN PACHECO NARVAEZ, quien es de nacionalidad venezolana, nacido en fecha 15/06/1968, de 43 años de edad, titular de la cédula de identidad V-7.995.503, de estado civil soltero, de ocupación comerciante, hijo de Juana Narváez (V) y Estevan Pacheco (F), residenciado en calle Real, Los Dos Cerritos, alcabala vieja, casa 84, sector Pariata, estado Vargas, teléfono 0414-900.93.67; por la presunta comisión del delito de USO DE CÉDULA DE IDENTIDAD FALSIFICADA, previsto y sancionado en el articulo 45 de la Ley Orgánica de identificación, en perjuicio de la fe pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Proce.....