el Tribunal deja constancia que la demandada recibió conforme el dinero ofrecido por la parte demandante en reconocimiento a las mejoras efectuadas por la misma al inmueble. Seguidamente, el Tribunal procede hacer entrega formal del presente inmueble libre de personas y cosas al abogado actor GOLMER JOSÉ VIVAS LINDARTE, ya identificado, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadana: INÉS MARIÑO DE VÁSQUEZ, quien lo recibe conforme y en las condiciones en que se encuentra. El Tribunal deja constancia que la demandada manifestó que los bienes muebles de su propiedad serán trasladados hasta la ciudad de Guasdualito del Estado Apure,