DECLARA CON LUGAR, la demanda de Divorcio incoada por la ciudadana DIGNA MAGALY VERA CHACON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.21..567, contra el ciudadano JOSÉ HUMBERTO MONTILVA MONCADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-9.210.521 por Divorcio, fundamentándose en la causal 2º del artículo l85 del Código Civil. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial celebrado entre ellos el día 20 de Diciembre de 1986 por ante Prefectura del Municipio Guásimos del Estado Táchira, según acta de Matrimonio N° 119