PRIMERO: LA CONVERSION EN DIVORCIO de la separación de cuerpos y de bienes de los cónyuges ciudadanos SANDRA YORLETH LOPEZ MONTAGUTH y JORGE GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.814.942 y V-5.034.871 respectivamente y con domicilio en el Municipio San Cristóbal Nuevo del Estado Táchira, la cual fue decretada el día ocho (8) de agosto del año dos mil dieciséis (2016).
SEGUNDO: Queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos, mediante acta de matrimonio N° 099, de fecha veinte (20) de noviembre del año dos mil cuatro (2004), ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Cárdenas del Estado Táchira.
Liquídese la sociedad conyugal, si hubiere lugar a ello.