SEGUNDO
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal del Municipio Pedro María Ureña, de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara RECONOCIDO, el documento privado de Cesión, que le hizo el ciudadano RAFAEL VELA PAEZ a la ciudadana ANA DILIA BALAGUERA MEZA, conforme a lo establecido en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 1363 de Código Civil.
Regístrese, publíquese y déjese copia para el archivo del Tribunal.-
Dada, firmada y sellada, en la sala del despacho del Juzgado del Municipio Pedro María Ureña, de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los catorce (14) días del mes de Noviembre del año dos mil seis.-196° Años de la Independencia y 147° Años de la Federación.-
La Juez Provisorio.-
Dra. Ligia Rinc.....