Por los razonamientos anteriormente expuestos, Este Juzgado Segundo de Primera Instancia del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Del Estado Táchira, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:
Primero: Admite totalmente la acusación presentada por la Fiscal 19 del Ministerio Público, en contra del adolescente (Identidad omitida Artículo 545 de la Lopna); por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto en el artículo 455 ordinal 3ro y 6to del Código Penal, en concordancia con el primer aparte del artículo 80 ejusdem, en perjuicio del ciudadano YORKIS GERMAN VIVAS, conforme a lo previsto en el literal "a" del artículo 578 de la LOPNA .
Segundo: Se admiten los siguientes medios probatorios, promovidos por la Fiscal 19 del Ministerio Público, en su escrito de acusación de fecha 25/02/2004, inserto del folio (22) al folio (28), por ser los mis.....