Oída por las partes las sugerencias de la titular de este Tribunal Quinto de Primera Instancia del Circuito Laboral del Estado Táchira; se le otorgó el derecho de palabra a la parte actora quien manifiesta que acepta la propuesta realizada por la parte demandada, señala estar conforme con dicho monto del cual no restaría nada a deber por ningún concepto laboral existente de la relación de trabajo que sostuvo con la demandada, por ende este Tribunal visto el acuerdo lo HOMOLOGA, y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se decide expedir 04 copias certificadas de la presente acta, y no se ordena el archivo del expediente hasta tanto no conste en acta su pago efectivo. Es todo, terminó, se leyó y conforme firman.
LA JUEZ
DRA. YA LENA MORA
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